Los modelos de acceso temprano, ¿amenaza u oportunidad?



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Los modelos de acceso temprano, ¿amenaza u oportunidad?

Emili Esteve y Antoni Gilabert, en la mesa organizada por Fuinsa sobre acceso temprano.

Noticia por: DIARIOFARMA 
16 de Junio de 2017

La  Fundación para la Investigación en Salud (Fuinsa) celebró el 15 de junio de 2017 la jornada 'Autorización temprana de medicamentos: evidencia y financiación', y en ella se vieron los distintos puntos de vista existentes en torno a esta cuestión.  

El primero en argumentar sus reservas fue Antonio Carcas, farmacólogo clínico del Hospital universitario La Paz de Madrid, quien afirmó que "la experiencia, tanto en Estados Unidos como en la Unión Europea, ha mostrado que tras varios años de la implantación de procedimientos para la autorización temprana o acelerada de nuevos medicamentos, se ponen en el mercado medicamentos con escasa evidencia sobre su eficacia y seguridad y a un coste inasumible para los pacientes y para los sistemas de salud". Por eso, considera que "ha llegado el momento de reconsiderar los criterios que se siguen para la autorización temprana de nuevos medicamentos y reorientar la investigación, exigiendo que los medicamentos demuestren con evidencias sólidas que constituyen un verdadero avance en la mejora de la salud de los pacientes".

En lo que respecta a la financiación, Antoni Gilabert, director del Área de Farmacia y del Medicamento del Consorcio de Salud y Social de Cataluña, señaló que "la autorización temprana de medicamentos tiene que ir acompañada de los mecanismos explícitos de monitorización y de las condiciones de financiación, así como de su revisión sistemática en función de resultados".


En la noticia podemos encontrar los diferentes puntos de vista en torno a una misma cuestión. En cada opinión, se puede apreciar que se trata de proteger los derechos de las personas que se encuentran o pueden verse involucradas. Pero si bien muchos de ellos reconocen que hay ciertos protocolos y estipulaciones que deben seguirse respecto a esta cuestión, lo cual puede justificar de cierta manera la autorización temprana de medicamentos. Si bien no se cuenta con mucha información respecto a la eficacia y seguridad de los nuevos medicamentos, pero como menciona Emili Esteve “es una relación beneficio riesgo favorable”. A manera de complementar lo mencionado podemos basarnos en el artículo 6, presente en la  “Declaración universal sobre bioética y derechos humanos”, puesto que en ella se expresa que “toda intervención médica preventiva, diagnóstica y terapéutica sólo habrá de llevarse a cabo previo consentimiento libre e informado de la persona interesada, basado en la información adecuada”.  

La UNESCO, en la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos, reconoce que las decisiones relativas a las cuestiones éticas relacionadas con la medicina, las ciencias de la vida y las tecnologías conexas pueden tener repercusiones en los individuos, familias, grupos o comunidades y en la especie humana en su conjunto. Respecto a ello en la noticia varías personas expresan su punto de vista; permitiéndonos conocer lo que piensan entorno a la cuestión planteada. Lo cual puede ser de ayuda para que se tomen decisiones basadas en criterios éticos para lograr una correcta resolución.


En el artículo 2, también presente en la  DECLARACIÓN UNIVERSAL SOBRE BIOÉTICA Y DERECHOS HUMANOS, podemos encontrar que se debe “fomentar un diálogo multidisciplinario y pluralista sobre las cuestiones de bioética entre todas las partes interesadas y dentro de la sociedad en su conjunto”, con ello nos queda más claro la importancia de tener diversos puntos de vista, para que las resoluciones a cuestiones bioéticas brinden un mayor beneficio a todas las partes involucradas. Con ello se expande la posibilidad de integrar a un gran número de sectores que muchas veces se excluyen, debido a que se cree que no son de gran relevancia.

Se puede decir que las cuestiones bioéticas nos incumben a todos como sociedad, no se limita a un cierto grupo. Puesto que en ellas es importante que se den diferentes puntos de vista con el fin de tomar las mejores decisiones y de es manera generen un bien común. Con lo cual  los derechos de las personas involucradas en estas cuestiones podrían respetarse más, ya que habría un mayor número de personas que se preocuparían porque ocurriera de esa manera, así como estarían al pendiente de estipular nuevos artículos con el fin de que los derechos de las personas estén mejor salvaguardados. 

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DIARIOFARMA. (16 de Junio de 2017). Los modelos de acceso temprano, ¿amenaza u oportunidad? Recuperado el 17 de noviembre de 2017, de https://www.diariofarma.com/2017/06/16/los-modelos-acceso-temprano-amenaza-u-oportunidad 

UNESCO. (2005). Declaración universal sobre bioética y derechos humanos.

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